Aprueban en el Senado Sanción de 18 años de Cárcel a quienes Difundan Imágenes de Víctimas Mortales
El Pleno del Senado de la República aprobó este martes sancionar con hasta 18 años de prisión y una multa económica de más de 200 mil personas a quienes graben, difundan o distribuyan imágenes de cadáveres víctimas de violencia.
La reforma fue aprobada por unanimidad y turnada a la Cámara de Diputados para su posterior discusión y posible aprobación, la cual tiene el objetivo de proteger la privacidad y dignidad de las víctimas y ofendidos, así como de preservar la confidencialidad de la información contenida en carpetas de investigación o procesos penales que debe mantenerse como reservada.
Asimismo, se busca garantizar la seguridad, la intimidad, la dignidad y el bienestar físico y psicológico de las víctimas, especialmente cuando se trata de niñas, niños, adolescentes o mujeres.
Con ello se contempla modificar el artículo 225 del Código Penal Federal e imponer multas de hasta 232 mil pesos y castigar con hasta 18 años de prisión a quienes difundan imágenes de personas sin vida en distintas vías de comunicación.
De acuerdo con lo expuesto en tribuna por la senadora de Morena, Olga Sánchez Cordero, la reforma a dicho artículo busca sancionar a quien difunda, entregue, revele, publique, exponga, distribuya, grabe, fotografíe, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos o cualquier tipo de información o evidencia que esté contenida en una carpeta de investigación o en un proceso penal, que por disposición legal sea reservada o confidencial.
Las sanciones aplican para funcionarios, periodistas, youtubers, personas o representantes de medios de comunicación que compartan información sensible.
“Al servidor público que difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta, a quien no tenga derecho o facultad para ello, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos, que obren o se encuentren en una carpeta de investigación, en un proceso penal o estén relacionados con las condiciones personales de la víctima o las circunstancias del hecho que la Ley señale como delito, se le impondrá una pena de seis a diez años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización”, señala la propuesta.
Asimismo, se añade que “se aumentará hasta en una mitad más, cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres”.
✅ Por unanimidad, con 86 votos a favor, se aprueba reformar el Código Penal Federal, a fin de establecer sanciones a quienes compartan imágenes, audios, o cualquier tipo de información que esté en una carpeta de investigación.
— Senado de México (@senadomexicano) September 12, 2023